Los precios de los bienes y servicios deben expresarse con cinco ceros menos a partir del próximo primero de agosto, según lo establecido por el decreto que modifica las características de la reconversión monetaria, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.446 con fecha 25 de julio de 2018.
“A partir del 1° de agosto de 2018 y hasta que el Banco Central de Venezuela mediante Resolución disponga otra cosa, todos los instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios así como otros que expresen
importes monetarios”, deben expresarse dividiendo el monto actual entre 100.000 y no entre 1.000 como se hacía desde mayo, señala el artículo 3 del decreto.
El documento oficializa también lo anunciado por el presidente Nicolás Maduro en relación con la entrada en vigencia de la reconversión para el día 20 de agosto de 2018.
Este es el tercer decreto que se emite para el proceso de la reconversión. El primero fue el 22 de marzo, donde se ordenaba eliminar tres ceros, se fijaba la fecha de inicio el 04 de junio y se desmonetizaba el cono monetario vigente. El segundo se publicó el 01 de junio y en él se postergaba la entrada en vigencia para el 04 de agosto y se establecía que no se desmonetizarían todos los billetes actuales.
Por otra parte, el texto legal reitera que el BCV fijará las normas para el redondeo y que decidirá cuáles y hasta cuándo seguirán circulando los billetes actuales.
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