Se trata de una exigencia del régimen, después de la intervención cambiaria que tomó el BCV. La información hace referencia a una circular que el Banco Central de Venezuela envió a todos los bancos. Las instituciones bancarias deben pactar previamente con sus clientes el monto de las divisas que requerirán para luego hacer la solicitud al Banco Central de Venezuela de la cantidad exacta en efectivo.
Según la circular, emitida este martes, los bancos solo podrán solicitar la entrega de divisas en efectivo para atender los retiros especiales. Estos retiros surgirán de las operaciones de venta de divisas pactadas con sus clientes.
La solicitud del efectivo al BCV debe hacerse “a partir del primer día hábil de la semana bancaria subsiguiente a la intervención”. Así como “solo empresas privadas consideradas estratégicas pueden optar por el monto semanal preasignada por el BCV a cada banco”.
El BCV anunció el 29 de enero una política de intervención cambiaria -anclaje de la tasa Dicom en torno a BsS 3.300 y aumento del encaje legal- para secar liquidez y frenar el alza del precio del dólar paralelo y de esta manera detener la hiperinflación, que al cierre de 2018 se ubicó en 1.698.488,2%.
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