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Luego de que ayer se anunciaran las operaciones de nuevas casas de cambio en el Táchira, se conoció todo lo que se debe hacer para poder cambiar las divisas en el Táchira, a continuación los pasos que deberá cumplir para realizar esta actividad:
Los requisitos a presentar por el tipo de operación son los siguientes:
Personas naturales (demandantes u oferentes residenciados en el país)
1.- Original y copia de la cédula de identidad o documento de identificación.
2.- RIF vigente (puede ser el comprobante digital).
3.- Un recibo de servicio (con la dirección del solicitante).
4.- Última declaración del ISLR.
5.- Se deben aportar “como mínimo” estos datos: nombre y apellido, tipo y número de documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, dirección y teléfono de domicilio, origen de los fondos, profesión u oficio, actividad económica, dirección y teléfono de la empresa donde trabaja, monto del salario o ingresos mensuales, huella dactilar del dedo pulgar de la mano derecha (o en su defecto la izquierda).
Los montos máximos de las operaciones de venta por persona:
a. En pesos colombianos según al tipo de cambio del día. La cantidad diaria equivalente a trecientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 300,00). Para producto de transferencia y/o encomienda electrónica.
b. Cuando la operación tenga por objeto billetes extrajeros (Efectivo), la misma no podrá ser su equivalente en Pesos Colombianos superior a docientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200,00).
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