El presidente venezolano, Nicolás Maduro, tiene facultad para convocar a una Asamblea Constituyente sin consulta previa en referendo, según un fallo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) difundido este miércoles.

“La Sala Constitucional del TSJ considera que no es necesario, ni constitucionalmente obligante, un referéndum consultivo previo para la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente”, indica la sentencia.

Añade que el jefe de Estado ejerce “indirectamente (…) la soberanía popular”. Un referendo validó el llamado del entonces presidente Hugo Chávez a la Constituyente de 1999, que redactó la actual Carta Magna.

Ese texto, sin embargo, no menciona expresamente la consulta popular como requisito para la convocatoria a Constituyente ni para refrendar la nueva Constitución.

El dictamen del TSJ -acusado de servir al gobierno- subraya que el llamado para cambiar la Constitución corresponde “por regla general” a los órganos del poder público, incluido el presidente.

Para la coalición de partidos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), la convocatoria y las reglas para la elección de candidatos debían aprobarse en referendo.

El pasado 2 de mayo, Maduro anunció su intención de convocar a una Asamblea para reformar la actual Constitución del país bolivariano, promulgada en 1999, a un año del primer gobierno del expresidente Hugo Chávez.

Desde el anuncio del mandatario venezolano, la Constituyente se ha convertido en el eje central de la discusión política en medio de la crisis de Venezuela, pues para la oposición, que lleva dos meses en sucesivas marchas contra el régimen con peticiones como la convocatoria de elecciones regionales y la liberación de presos políticos, la Constituyente es un “fraude”.

De hecho, este miércoles la Mesa de Unidad Democrática (MUD), que aglutina a los partidos de oposición, anunció que no participará en el proceso de inscripción de candidatos para la Constituyente.

“Cualquier participación en dicho proceso es un acto de complicidad con el fraude a la Constitución y por ende quien llegare a realizarlo se declara copartícipe del fraude”, anunció la MUD en rueda de prensa.

La discusión constitucional radica en que según la Constitución bolivariana vigente, el Presidente tiene iniciativa para convocar a este proceso en consejo de ministros.

[Vía: El Tiempo]