El Fondo Monetario Internacional será el encargado de evaluar las condiciones económicas de Venezuela para que esta pueda realizar la renegociación de la deuda pública con entes del sector privado en moneda extranjera, una vez suceda la transición política.
La Asamblea Nacional divulgó este miércoles el esquema elemental de la renegociación de la deuda pública externa, la cual está proyectada para cuando cese la usurpación de Nicolás Maduro, momento en que la administración interina de Juan Guaidó podrá comenzar a trabajar en cuatro lineamentos esenciales, tal como lo expresa el documento del Parlamento.
El lineamiento enunciado en el texto es que la renegociación será integral, sin excluir ninguna reclamación por parte de entes del sector privado contra el Estado venezolano. Muchas de esas reclamaciones no se produjeron dentro del marco tradicional de instrumentos de la deuda que se utilizan de prueba de las obligaciones contraídas.
El informe que fue publicado en el Twitter de la AN, explica que como las autoridades quieren aprovechar dicha ocasión para solucionar la mayor cantidad posible de reclamaciones privadas pendientes en moneda extranjera, estás pueden derivar incluso de facturas impagas a suplidores y las que sean por daños causados por las expropiaciones y nacionalizaciones llevadas a cabo por el fallecido presidente Hugo Chávez y Maduro.
El segundo elemento es la reconciliación de las reclamaciones, las cuales solo podrán ser elegibles las reclamaciones en moneda extranjera reconciliadas para participar en el referido proceso, en el que las autoridades designarán un agente para llevar a cabo ese tema, siguiendo la legislación establecida por el Parlamento.
Diversos casos del proceso de reconciliación serán llevados de forma directa y simple (bonos o préstamos que no resultaron formulados o concertados con sumas significativas de descuento en su emisión o contratación). Además, el precio reconciliado equivaldrá al capital impago más los intereses acumulados de acuerdo con los términos contractuales originales, así expresa el texto.
Pero también existirán casos que tengan que ser investigados de forma más detalladas, tales como reclamaciones cuyos valores nominales fueron inflados en el momento de la emisión, los instrumentos de deuda formulados con montos importantes de descuento sobre el descuento original de emisión, las reclamaciones con montos que requerirán discusiones entre las autoridades y el reclamante, entre otros reclamaciones dudosas.
El tercer lineamiento establece como regla esencial que no se dará un trato diferente a las reclamaciones en moneda extranjera en relación a su origen, a su naturaleza o el domicilio del reclamante y/o la identidad del deudor del sector público (la República, Pdvsa o cualquier otro ente del sector público), independientemente de que la reclamación ya haya sido objeto de una decisión judicial, o de otro mecanismo similar.
Como último aspecto, una vez se origine la transición política, las autoridades solicitarán la asistencia al Fondo Monetario Internacional (FMI) y a otras instancias multilaterales con el fin de atender la crisis humanitaria en Venezuela y, al mismo tiempo, crear un programa a largo plazo para la recuperación económica de Venezuela.
En el documento se resaltó que los términos financieros de la renegociación de las reclamaciones denominadas en moneda extranjera tendrán que aguardar la conclusión de la evaluación que elaborará el FMI sobre las condiciones y perspectivas económicas de la nación.
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