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La Registraduría Nacional del Estado Civil prorrogó las medidas excepcionales para garantizarla inscripción al registro civil de nacimiento de los menores de edad, hijos de colombianos que regresen al país procedentes de Venezuela o quienes aún permanecen en el vecino país. 

“Se autoriza a las registradurías especiales de cada departamento y a las registradurías municipales de Villa del Rosario y Los Patios (Norte de Santander), así como a la Auxiliar de Chapinero (Bogotá) a adelantar las inscripciones al registro civil de nacimiento de los menores nacidos en Venezuela, cuando alguno de sus padres sea colombiano y no cuenten con un documento extranjero debidamente apostillado”. explicó el registrador nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo Vacha.

Cuando se presenten estas condiciones excepcionales, es decir, que el certificado de registro civil o certificado de nacido vivo en el exterior no esté apostillado, los padres tendrán que adelantar el registro civil con las declaraciones de dos testigos, según lo contempla la Ley.

“Las declaraciones de los testigos deben corresponder a la verdad, en caso contrario los registradores o servidores con funciones registrales podrán aplicar la facultad de la duda razonable y abstenerse de sentar el registro”, indicó Galindo.

Los colombianos en Venezuela podrán adelantar la inscripción al registro civil de nacimiento de sus hijos y otros trámites de identificación en los consulados colombianos acreditados en el vecino país.

“La atención excepcional que estamos prestando en las registradurías especiales es una medida de choque a una problemática que debe ser atendida con soluciones de fondo. Por eso venimos trabajando conjuntamente con la Cancillería en la promoción de una mesa de trabajo en la que participen otras instituciones, como el Instituto de Bienestar Familiar, Migración Colombia, Defensoría del Pueblo y personerías, con el fin de que demos una respuesta integral y de largo alcance”, puntualizó el registrador nacional.

[Vía: La Opinión]